ARTÍCULO 1º.- IMPLEMENTAR el "Programa Piloto Integral Accesibilidad Urbana" (PPITAU) estableciendo un Plan de Etapas de Intervención que contemple los diferentes sectores y barrios de la ciudad, con el fin de garantizar la plena accesibilidad a las aceras desde y hacia las calzadas de la ciudad, para todos los peatones sin excepción.
ARTÍCULO 2º.- El programa instituido en la presente debe ejecutarse como primera etapa en el sector urbano definido entre la avenida Maipú y la avenida Magallanes, y entre las calles Onás y Yaganes. El Departamento Ejecutivo Municipal definirá mediante el plan mencionado en el artículo anterior, el cronograma de intervención que continuará con los distintos barrios de la ciudad.
ARTÍCULO 3º.- El programa instituido por la presente consistirá en reformar o remodelar todas las ochavas del sector indicado en el artículo 2º, adecuando la resolución constructiva de las ochavas, en forma obligatoria, de acuerdo a lo establecido en el artículo I.3.A.4.2., inciso b), de la Ordenanza Municipal Nº 3005.
ARTÍCULO 4º.- En caso de encontrarse con situaciones particulares que requieran una resolución constructiva especial, las áreas técnicas competentes definirán el diseño más adecuado, de acuerdo a los criterios establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 3005.
ARTÍCULO 5º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4440
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 16/10/2013.-