Ordenanza N° 4377 —

Datos de la ordenanza
Número
4377
Fecha de sanción
21/08/2013
Vigencia
—
Tema
Administración Municipal / Actividades Comerciales
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1".- RATIFICAR en todos sus términos el Decreto municipal N 2 860/2013, de fecha 07 de junio de 2013, dictado a referéndum del Cuerpo de concejales, mediante el cual se aprobó el Modelo de Acta de Renegociación de Contrato con la empresa Agrotécnica Fueguina S.A.C.I.F. que como Anexo I forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2'.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 21/08/2013.-

ANEXO I. ORDENANZA MUNICPAL N° fizI t MODELO DE ACTA DE RENEGOCIACION DE CONTRATO Entre la Municipalidad de Ushuaia, representada en este acto por su secretario de Hacienda y Finanzas, Ing. Juan MUNAFO, DNI N° 16.295.905, en adelante "LA MUNICIPALIDAD", por una parte, y por la otra el Sr. Luis LEDESMA, DNI N° 24.111,569, en calidad de apoderado de AGROTECNICA FUEGUINA S.A.C.I.F., en adelante "LA CONTRATISTA", convienen en celebrar el presente Acta ad-referéndum del señor Intendente Municipal, y dicen: PRELIMINAR: Que el instituto de renegociación de contratos se encuentra justamente previsto en nuestro marco jurídico como en los propios pliegos licitatorios que originaron la contratación, frente a la introducción de cambios definitivos en los contratos de "larga duración" sobre la esencia de las prestaciones que fueron motivos de los mismos, exigidos por circunstancias externas sobrevivientes que han afectado en modo decisivo el equilibrio contractual. Que "LA GON-TRATISTA" presta el Servicio de Higiene Urbana y ha promovido el correspondiente reclamo tendiente a la renegociación de los contratos vigentes, en virtud del desfasaje producido en los factores principales que componen los costos de prestación de los servicios a su cargo, generándose el marco de renegociación de las relaciones jurídicas vigentes, habiendo ambas partes arribado al presente Acuerdo conforme a las siguientes cláusulas: PRIMERA: "LA MUNICIPALIDAD" Y "LA CONTRATISTA", de común acuerdo, renegocian los montos correspondientes al contrato de "SERVICIO DE HIGIENE URBANA" que contiene la recolección domiciliaria de residuos, el barrido mecánico y el barrido manual de calles, conforme los valores establecidos en la presente y para los períodos que a continuación se detallan. SEGUNDA: Las partes acuerdan que los precios renegociados del servício de Recolección Domicíliaria de Residuos, aseenderán a un valor mensual de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL SESENTA CON 67/100 ($ 1.324.060,67), y la ampliación y adicional del Servicio vigentes desde Abril de 2,006 y Junio de 2009 ascenderán a PESOS CIENTO DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 00/100 ($ 119.459,00) y PESOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 37/100 ($ 17,474,37) lo que representa un incremento contractual del 16,56 %. Estos valores regirán a partir del día uno (1) de diciembre de 2012, y en un todo de acuerdo a lo detallado en el Anexo I. TERCERA: Las partes acuerdan que los precios renegociados del servicio de Barrido Manual de Calles, ascenderán a un valor mensual de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON 89/100 ($ 363.146,89) y la ampliación del vicio vig Abril de 2.006 ascenderá a PESOS OCHENTA Y SEIS MIL DOSCIr TOS UATRO CON 98/100 ($ 86.284,98), lo que representa un incremento contractual del 17 valores CPMbesto n01,1 , . Ota SECRETP00 PRESDENTE ulotook corla.30 DEUBERAWTE tsel9w4 Ordenanza Numero: 4377> 3/6 25-541\ Concejo Defiberante fa Ciudaide vskuaia

ANEXO I. ORDENANZA MUNICPAL N° //.2. regirán a partir del día uno (I) de diciembre de 2012 y en un todo de acuerdo a lo detallado en el Anexo CUARTA: Las partes acuerdan que los precios renegociados del servicio de Barrido Mecánico de Calles, ascenderán a un valor mensual de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHENTA Y SEIS CON 02/100 ($ 225.086,02) y la ampliación del servicio vigente desde Abril de 2.006 ascenderá a PESOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 40/100 ($ 22.996,40), lo que representa un incremento contractual del 13,84 %. Ambos valores regirán a partir del día uno (1) de diciembre de 2012 y en un todo de acuerdo con lo detallado en Anexo III. QUINTA: El nuevo monto total mensual del "SERVICIO DE HIGIENE URBANA" asciende a la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUINTA OCHO MIL QUINIENTOS OCHO CON 33/100 ($ 2,158.508,33), lo que representa un incremento contractual total del 16,52 %, el que regirá a partir del día uno (1) de diciembre de 2012. SEXTA: Las partes acuerdan que se mantendrán las condiciones contractuales técnicas y de operatividad de los servicios en un todo de acuerdo a los contratos suscriptos, con excepción de las modificadas en el presente Acta. SÉPTIMA: En virtud de la diferencias de precios expuestas en las cláusulas Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta, las partes acuerdan reconocer la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS TREINTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 00/100 ($ 1.530.369,00), en concepto de retroactivo de la actualización por mayores costos correspondientes al período Diciembre 2012 a Abril 2013, inclusive, tomando como referencia el importe total del ser nlicio vigente correspondiente al mes de Marzo de 2012, que ascieríde la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 53/100 ($ 1.852.434,53), el que será cancelado en una (I) cuota de PESOS QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 500.000,00), cuyo vencimiento operará el día veinte (20) de junio de 2013, y cinco (5) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS SEIS MIL SETENTA Y TRES CON 80/100 ($ 206.073,80), a partir del mes de julio de 2013, cuyo vencimiento operará el día veinte (20) de cada mes. OCTAVA: En función de lo expuesto, en este acto "LA CONTRATISTA" manifiesta no tener nada mas que reclamar en concepto de actualización por mayores costos y retroactivos hasta el mes de Diciembre de 2012, inclusive. OVENA: Las divergencias que se produzcan como consecuencia de la presente acta serán sometidas jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Tierra del Fuego Ant ida e Islas del Atlántico Sur con asiento en la ciudad de Ushuaia, renunciando expresamente a cualq ter otro fuero o jurisdicción. En p eba de conformidad y para su fiel cumplimiento, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Ushuaia a los treinta (30) días del mes de mayo de 2013. 1 Concejo Defiberante fe fa Ciurfa Vskaaia

ANEXO I. ORDENANZA MUNICPAL N° 4,1EXO II RECOLECCION DOMICILIARIA DE RESIDUOS-SERVICIO II ITEM INCIDENCIA TOTALES Mano de Obra 59,82% 811.958,41 Combustibles y Lubricantes 9,44% 115.426,82 Amortización de EquIpos 11,18% 142.679,33 Mantenimiento de Equipos 3,43% Gastos base Operaciones 1,00% 43.773,71 Seguros 2,45% 12.543,39 Mater.de Cons.enseres y Otros 0,36% 30.731,31 Gastos de Administración 1,00% 4.515,62 Utilidad 7,22% 12.543,39 Impuestos 4,10%, 95.594,05 TOTAL MENSUAL 100,00% 54.294,64 ,..,„ , 1.324.060,67 AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DOMICILIARIA DE RESIDUOS SERVICIO V ITEM INCIDENCIA TOTALES Mano de Obra 59,82% 10.715,87 Combustibles y Lubricantes 9,44% 1.523,35 Amortización de Equipos 11,18% 1.883,02 Mantenimiento de Equipos 3,43% 577,71 Gastos base Operaciones 1,00% 165,54 Seguros 2,45% 405,58 Mater.de Cons.enseres y Otros 0,36% 59,60 Gastos de Administración 1,00% 165,54 Utiliclad 7,22% 1.261,61 Impuestos 4,10% 716,56 TOTAL MENSUAL 100,00% 17.474,37 ADICIONAL DEL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DOMICILIARIA DE RESIDUOS SERVICIO VIII ITEM INCIDENCIA TOTALES Mano de Obra 59,82% 73.256,27 Combustibles y Lubricantes 9,44% 10.414,00 Amortización de Equipos 11,18% 12.872,77 Nlantenimiento de Equipos 3,43% 1,00% 3.949,34 astos base Operaciones 2,45% 1.131,69 S uros 0,36% 2.772,63 Ma er.de Cons.enseres y Otros 1,00% Gas os de Administración 7,22% 407,41 Utili ad 4,10% 1.131,69 Im uestos 8.624,66 100,00% 4.898 55 T TAL MENSUAL 1119.459,00 Concejo Detiberante de Ciudad de Vshuaia

ANEXO I. ORDENANZA MUNICPAL N°

ANEXO III SERVICIO DE BARRIDO LIMPIEZA DE CALZADA MANUAL SERVICIO III ITEM INCIDENCIA TOTALES Mano de Obra 72110% 265.318,16 Amortización de Equipos 1,83% Mantenimiento de Equipos 2,00% 6.331,62 Gastos base Operaciones 1,00% Seguros 2,45% 6.919,80 Mater.dé Cons.enseres y Otros 7,30% Gastos de Administración 1,00% 3.400,63 Utilidad 8,22% Impuestos 4,10% 8.331,54 TOTAL MENSUAL 100,00% 24.824,59 3.400,63 :-'---- 29.728,50 14.891,41 363.146,89 AMPLIACIÓN SERVICIO DE LIMPIEZA DE CALZADA MANUAL - SERVICIO VI ITEM INCIDENCIA TOTALES 63.040,53 1.504,41 Mano de Obra 72,10% „.„.-„----...N 1 1.644,17 Amortización de Equipos 1,83% 808,00 Mantenlmiento de Equipos 2,00% 1.979,60 Gastos base Operaciones 1,00% 5.898,41 Seguros 2,45% 808,00 Mater.de Cons.enseres y Otros 7,30% 7.063,60 Gastos de Administración 1,00% 3.538,25 Utilidad 8,22% Impuestos 4110% 84,98 TOTAL MENSUAL 100,00% "Las Ishas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas" Concejo Defiberante de fa Ciudadde vshuaia

ANEXO I. ORDENANZA MUNICPAL N°

ANEXO IV SERVICIO DE BARRIDO LIMPIEZA 'DE CALZADA MECANICO SERVICIO IV ITEM INCIDENCIA TOTALES Mano de Obra 26,57% 62.775,35 Combustibles y LubrIcantes 6,15% Amortización de Equipos 31,75% 13.089,41 Mantenimiento de Equipos 9,05% Gastos base Operaciones 2,00% 70.529,89 Seguros 3,45% Mater.de Cons.enseres y Otros 7,71% 20.103,80 Gastos de Administración 1,00% Utilidad 8,22% 4.366,72 Impuestos 4,10%' 7.532,59 TOTAL MENSUAL 100,00% 16.833,70 2.183,36 - 18.441,49 , 9.229,71 . 225.086,02 AMPLIACIÓN SERVICIO DE LIMPIEZA DE CALZADA MECÁNICA -SERVICIO VII ITEM INCIDENCIA TOTALES Mano de Obra 26,57% 6.413,58 Combustibles y Lubricantes 6,15% 1.337,31 Amortización de Equipos 31,75% 7.205,84 Mantenlmiento de Equipos 9,05% 2.053,95 Gastos base Operaciones 2,00% Seguros 3,45% 446,14 Mater.de Cons.enseres y Otros 7,71% 769,58 Gastos de AdminIstración 1,00% 1.719,85 UtIlldad 8,22% 223,07 Impuestos 4,10% 1.884,12 942,97 TOTAL MENSUAL 100,00% , i711.1196,40

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