ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las
transferencias de dominio necesarias de aquellos predios que hubieran sido preadjudicados o adjudicados a asociaciones, cooperativas de vivienda, entidades gremiales o sindicales, en
el marco de la Ordenanza Municipal Nº 3178, previa conformidad de las mismas y
cancelación del valor de los predios, a los efectos de ser hipotecados por la entidad bancaria o financiera interviniente con el fin de construir unidades habitacionales bajo la modalidad de vivienda colectiva para ser destinadas a los beneficiarios de la asociación pertinente de
conformidad a las actuaciones administrativas correspondientes.
ARTÍCULO 2º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA Nº 4365
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 10/07/2013.-