ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER la implementación de programas referidos a la prevención y seguimiento de la obesidad y diabetes infanto juvenil en la ciudad de Ushuaia.
ARTÍCULO 2º.- Los programas establecidos en el artículo 1º de la presente, alcanzarán a las
escuelas experimentales, polideportivos y demás establecimientos con dependencia del
Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTÍCULO 3º.- Para el cumplimiento del objetivo de esta ordenanza se organizarán equipos
interdisciplinarios, que puedan abordar la problemática desde todos los enfoques (profesores de educación física, médicos, nutricionistas, psicólogos).
ARTÍCULO 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal organizará campañas orientadas a
conocer los riesgos de estas patologías y formas de prevención, disponiendo de espacios
que ofrezcan asesoramiento sobre nuevos sistemas de alimentación, ejercicios y estilos de vida, que favorezcan la recuperación de los niños y jóvenes afectados por este problema.
ARTÍCULO 5º.- INVITAR al Poder Legislativo Provincial a sumarse a la propuesta; legislando
en este sentido, a fin de que los beneficios tengan alcance a todos los establecimientos educativos de la Provincia, como así también a las dependencias correspondientes.
ARTÍCULO 6º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4337
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 22/05/2013.-