ARTÍCULO 1º.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar Convenio de Uso y Custodia del Pasaje de Servicios ubicado entre las Parcelas 10 y 11 del Macizo 3G de la Sección "Q" con la vecina propietaria de la Parcela 10, colindante al mismo, de acuerdo al Anexo I que forma parte integrante de la presente y conforme a los lineamientos que se establecen en la presente.
ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER los siguientes lineamientos mínimos para el Convenio de Uso y Custodia enunciado en el Artículo 1º de la presente:
a) la custodia será gratuita para la vecina, quien deberá hacerse cargo de la
limpieza, mantenimiento y cercado del Pasaje de Servicios.
b) no podrán realizarse en el espacio cedido en custodia, edificaciones de ningún
tipo, debiendo la vecina restituir al Municipio el sector cedido en caso que tal
situación sea requerida. En tal caso la vecina deberá retirar los cercos, mejoras o
construcciones temporarias, sin derecho a peticionar compensación alguna por las
mismas realizadas en el predio, así como los trabajos de limpieza, mantenimiento
y/o mejoramiento que se hubieran realizado.
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4332
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 22/05/2013.-