ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR de los alcances del artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 971/92, al uso de los artículos de cohetería y pirotecnia previstos en la reglamentación de la presente, destinados a ser utilizados en el marco de Programa de Control del Peligro Aviario y Fauna, en el ámbito del Aeropuerto Internacional de Ushuaia "Malvinas Argentinas".
ARTÍCULO 2º.- La institución o entidad responsable de la implementación del Programa de Control Aviario y Fauna debe garantizar las condiciones de seguridad en el transporte, almacenamiento y utilización del material.
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4240
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 05/12/2012.-