Datos de la ordenanza
Número
4215
Fecha de sanción
31/10/2012
Vigencia
—
Tema
Administración Municipal / Bromatología
Comisión
—
Descripción
ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a que, vencido el plazo establecido por la renovación del carnet de los vendedores ambulantes de nuestra ciudad, habilitados en el marco de la Ordenanza Municipal N 152, estos puedan ser renovados, por el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días, previo informe favorable del Área de Comercio e Industria y elevado para su aprobación al titular de la Secretaría correspondiente.
ARTÍCULO 2º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4215
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 31/10/2012.-
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Documento