Ordenanza N° 428 NO

Datos de la ordenanza
Número
428
Fecha de sanción
17/08/1988
Vigencia
NO
Decreto
716
Tema
Administración Municipal
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 1º.- TODO vehículo perteneciente a la Municipalidad de Ushuaia,

deberá contar con un Logotipo Oficial en ambas puertas, excepto los afectados al

uso del señor Intendente Municipal, Secretarios y al Concejo Deliberante.

ARTICULO 2º.- Para circular fuera de los horarios normales de trabajo, cada

vehículo deberá contar con autorización de la autoridad del área, donde constará el

o los motivos de la afectación del vehículo, la cual será portada por el chofer de la

unidad

ARTICULO 3º.- Las infracciones a esta norma serán penalizadas con sanción, las

que serán reglamentadas por el Poder Ejecutivo.

ARTICULO 4º.- El Poder Ejecutivo deberá dar cumplimiento a lo establecido en la

presente Ordenanza, dentro de los treinta (30) días de promulgada la misma.

ARTICULO 5º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Cumplido. ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 428 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 17/08/1988.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 716 / 88.-

Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue modificada por:
N° 2463 ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo 1