ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de las normas que exige el Código de Planeamiento
Urbano, a la Obra a construir en la Parcela 11, Macizo 16, de la Sección “L”,
propiedad del señor Francisco AGUILA AGUILA, de acuerdo a los valores que a
continuación se detallan:
1) Retiro Contrafrontal de 4m.
2) Retiro Frontal de 0,89 m.
3) F.O.T. igual a 0,71 m.
ARTICULO 2º.- NOTIFICAR al propietario que mientras no cambien las normas
referidas al F.O.P., del cual se desprende el F.O.T., no podrá modificar el uso de la
Planta Baja, fuera de lo admitido en el artículo XI del Código de Planeamiento
Urbano.
ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.
Cumplido. ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 419 .-
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 03/08/1988.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 674 / 88.-