Ordenanza N° 4035 —

Datos de la ordenanza
Número
4035
Fecha de sanción
05/10/2011
Vigencia
—
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- PRORROGAR por el término de un (1) año el plazo establecido en la ordenanza municipal 3862.

ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para S U promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. 0 35 ORDENANZA MUNICIPAL N° 4 DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 05/10/2011

Vínculos con otras ordenanzas