Ordenanza N° 3975 —

Datos de la ordenanza
Número
3975
Fecha de sanción
03/08/2011
Vigencia
—
Decreto
1263/2011
Tema
Espacios Públicos / Ordenamiento Urbano
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1º.- DESAFECTAR del uso público como calle las fracciones identificadas como

A, B, C y D, de ochenta metros cuadrados (80m 2 ) cada una de acuerdo a los croquis que

como Anexo I y II corren agregados a la presente.

ARTÍCULO 2º.- La superficie desafectada mediante artículo 1º será agregado a la parcela identificada según nomenclatura catastral como parcela 1, macizo 5, sección O.

ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3975

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 3/08/2011

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Observaciones
Contiene Anexos I y II.
Anexo
Palabras claves
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