ARTÍCULO 1º.- INCORPORAR al Patrimonio del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, los bienes detallados en el Anexo I que corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 2º.- DAR de baja del Patrimonio del Concejo Deliberante de la ciudad de
Ushuaia, los bienes detallados en el Anexo I que corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 3º.- FACULTAR al Bloque U.C.R. a la entrega del elemento descripto en el
Anexo I a la Asociación Civil Sin Fines de Lucro Colegio del Sur, en acuerdo a lo
descripto en nota 207/2010 del citado Bloque Político.
ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3964
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 03/08/2011
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