Ordenanza N° 3940 —

Datos de la ordenanza
Número
3940
Fecha de sanción
13/04/2011
Vigencia
—
Tema
Convenio
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1º.- APROBAR como criterio de trabajo para la Comisión Evaluadora, en el

marco de la implementación del Convenio Legislativo Municipal de Empleo, que el

reescalafonamiento del personal no debe superar la categoría C — grado 1, en virtud al

acuerdo alcanzado según acta de la Comisión Paritaria Permanente de fecha 12 de

abril de 2011.

ARTÍCULO 2º.- APROBAR la suspensión, por el plazo de 10 días corridos a partir de la

promulgación de la presente, del artículo 88° del Convenio Legislativo Municipal de

Empleo a los efectos de que aquellos agentes que estén desempeñando tareas fuera

del ámbito del Concejo Deliberante manifiesten fehacientemente la decisión de

reincorporarse en forma efectiva a la institución, en virtud al acuerdo alcanzado según

acta de la Comisión Paritaria Permanente de fecha 12 de abril de 2011.

ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3940

SANCIONADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 13/04/201

1.-

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