Datos de la ordenanza
Número
3857
Fecha de sanción
03/11/2010
Vigencia
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Tema
Código de Planeamiento / Ordenamiento Urbano
Comisión
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Descripción
ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR a las parcelas que integran el macizo 34 de la sección C de lo
establecido en el artículo VII.1.2.11 RC Distrito Reserva de Costa del Código de Planeamiento
Urbano.
ARTÍCULO 2º. - ESTABLECER para las parcelas que integran el macizo 34 de la sección C:
a) al cumplimiento de un retiro obligatorio mínimo de 4 metros a cumplir en el
contrafrente sobre el arroyo Buena Esperanza;
b) que no será de aplicación el artículo V.1.3.1 "Determinación del Espacio libre del
Macizo" del Código de Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dar al
Boletín oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3857
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 03/11/2010