Ordenanza N° 3782 —

Datos de la ordenanza
Número
3782
Fecha de sanción
28/07/2010
Vigencia
—
Decreto
933/2010
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTÍCULO 1º.- CREASE el Registro Municipal de la Pequeña y Mediana Empresa (PYME), de la ciudad de Ushuaia.

ARTÍCULO 2º.- Podrán inscribirse en este registro todas aquellas empresas pequeñas medianas que cumplan con los requisitos que manden las leyes nacionales y provinciales para ser consideradas como tales.

ARTÍCULO 3º.-  Los requisitos mínimos e indispensables para la inclusión de cualquier PYME en el Registro Municipal serán:

             a) la presentación de certificado de habilitación municipal, provincial o nacional , según corresponda, para aquellas PYMES que se encuentren en funcionamiento;

               b) inscripción en el registro industrial provincial y/o nacional en caso que correspondiera;

                 c)Inscripción en el impuesto a los ingresos brutos ,o al régimen de monotributo según corresponda;

                    d)informe de situación de pago de tasas municipales.

ARTÍCULO 4º.- EI Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área competente, evaluará las solicitudes de acuerdo al puntaje que obtenga cada presentación, de acuerdo con el siguiente cuadro:

           a) cantidad de empleados............................................................5 puntos por empleado

           b) años de antigüedad..................................................5 puntos por años de antigüedad

           c) cumplimiento tributario....................................................................................3 puntos

            SITUACION ACTUAL

         d) (alquila)............................................................................................................10 puntos

         e) (es propietario)..................................................................................................5 puntos

         f) (debe desalojar).............................................................................................. 10 puntos

         g) (no puede abastecer la demanda)...................................................................10 puntos

         h) (no puede incorporar mas personal)...............................................................10 puntos

ARTÍCULO 5º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dar al Boletín Oficial para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº        3782                     

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 28/07/2010.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº  933/2010,-

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