ARTÍCULO 1º.- CREASE el Registro Municipal de la Pequeña y Mediana Empresa (PYME), de la ciudad de Ushuaia.
ARTÍCULO 2º.- Podrán inscribirse en este registro todas aquellas empresas pequeñas medianas que cumplan con los requisitos que manden las leyes nacionales y provinciales para ser consideradas como tales.
ARTÍCULO 3º.- Los requisitos mínimos e indispensables para la inclusión de cualquier PYME en el Registro Municipal serán:
a) la presentación de certificado de habilitación municipal, provincial o nacional , según corresponda, para aquellas PYMES que se encuentren en funcionamiento;
b) inscripción en el registro industrial provincial y/o nacional en caso que correspondiera;
c)Inscripción en el impuesto a los ingresos brutos ,o al régimen de monotributo según corresponda;
d)informe de situación de pago de tasas municipales.
ARTÍCULO 4º.- EI Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área competente, evaluará las solicitudes de acuerdo al puntaje que obtenga cada presentación, de acuerdo con el siguiente cuadro:
a) cantidad de empleados............................................................5 puntos por empleado
b) años de antigüedad..................................................5 puntos por años de antigüedad
c) cumplimiento tributario....................................................................................3 puntos
SITUACION ACTUAL
d) (alquila)............................................................................................................10 puntos
e) (es propietario)..................................................................................................5 puntos
f) (debe desalojar).............................................................................................. 10 puntos
g) (no puede abastecer la demanda)...................................................................10 puntos
h) (no puede incorporar mas personal)...............................................................10 puntos
ARTÍCULO 5º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dar al Boletín Oficial para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3782
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 28/07/2010.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 933/2010,-