ARTICULO 1.- AUTORIZAR por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO(365) días a partir de la promulgación de la presente, el Uso Comercial rubro Fabricación deBloques, para el local ubicado en la Parcela 16 del Macizo 61 de la Sección L, Calle HipólitoIrigoyen Nº 2457 - Titular: Benito Raúl ESCUDERO.
ARTICULO 2º.- Lo establecido en el Artículo 1º, estará condicionado a:1. El mantenimiento del Uso Comercial rubro Fabricación de Bloques;2. A que no cambie la titularidad del Inmueble ni del fondo de comercio;3. A que no se amplíen las dimensiones del emprendimiento de su actual configuración,las que serán verificadas por el Departamento Ejecutivo Municipal.
ARTICULO 3º.- La autorización otorgada en el artículo 1º no dará lugar a reclamo algunosobre derechos adquiridos respecto a esta actividad comercial sobre el predio.
ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dar alBoletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3725DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 14/04/2010.-PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 601/2010,-