ARTÍCULO 1.- INCORPORAR el artículo 20 a la Ordenanza municipal 3663, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 20.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá, una vez presentado al Concejo Deliberante, el Balance General del Ejercicio 2009, incorporar los recursos provenientes del superávit o excedentes financieros, y destinarlos a urbanizaciones y Presupuesto Participativo.”
ARTÍCULO 2º.- INCORPORAR el artículo 21 a la Ordenanza municipal 3663, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 21.- Dejar establecido que el monto que resultare de la construcción de un puente, para el tránsito vehicular y peatonal, ubicado en la calle De La Estancia, altura 2070, en su intersección con el cauce del denominado Río Pipo, se encuentra incluido en el Servicio Público “Cumplir con el Fondo Federal Solidario” detallado en el Anexo I de la presente ordenanza municipal.”
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dar al Boletín Oficial para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3734
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 14/04/2010.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 623/2010,-