Ordenanza N° 382 NO

Datos de la ordenanza
Número
382
Fecha de sanción
15/06/1988
Vigencia
NO
Decreto
533
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

artículo 101 0 , inciso 7) esté facultado para proyectar Ordenanzas y proponer

su sanción al Concejo Deliberante;

Por ello:

EL HONORAELE CONCEJO DELIBERANTE DE LA.

MUNICIPALIDAD DE USHUAIA

SANCIONA CON FUERZA DE:

O R DENAN7 A

ARTICULO 1°.- ESTABLECESE entre el 1° de mayo y el 31 de agosto de cada

la prioridad de paso para anuellos vehículos automotores que transiten por las

arterias que ascienden o descienden, con respecto a los que eirculen por las

calles longitudinales, durante la temporada de nevadas y escarchas que disminuyen

las condiciones de transitahílidad de las arterías de la ciudad.-

ARTICULO 2 0 .- Si se produjeran nevadas o escarchas fuera de las fechns seflaladas

en el artículo precedente, el Ejecutivo Munícipal podra extender tal período

a través del dictado de la norma correspondiente.-

ARTICULO 3 0 .- 71 Departamento Ejecutivo implementará una campada de difusión

y concientización de la población.-

ARTICULO 4°.- Déjese sin efecto toda otra disposiclón que se oponga al espíritu

de la presente Orde nza.-

ARTICULO 5°.- Regís rese. Pase al Departamento Ejecuti ) Ipromulgación.

Cumplido. ARCHIVESE

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ORDENANZA MUNICIPAI. -o

DADA EN ° SION ORDINARIA DE FECHA: 1 5-06

Ordenanza Numero: 382

faffit2O/2Ffil OZaeional de la Zietta del quigei

dtaláttida e giLot del afilántlen. Sat

MUNICIPAL1DAD USHUAIA

USHUAIA,22.1de junio de 1988.

VISTO: La Ordenanza Munícipal N° ',2..5/2527 /88, sancionada por el Hono-

rable Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia; y

CONSIDERANDO:

Que por la misma se establece entre el 1° de mayo y el 31 de agosto

de cada año, la príoridad de paso para aquellos vehículos automotores que

transiten por las arterias que ascienden o descienden, con respecto a los

que circulen por las calles longitudinales, durante la temporada de nevadas

y escarchas que disminuyen las condiciones de transitabilidad de las arterias

de la ciudad;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

3ez

ARTICULO 1°. PROMULGAR la Ordenanza Municipal N° /88, sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, por la cual se

establece entre el 1° de mayo y el 31 de agosto de cada año, la prioridad

de paso para aquellos vehículos automotores que transiten por las arterias

que ascieden o descienden, con respecto a los que circulen por las calles

longitudinales, durante la temporada de nevadas y escarchas que dismínuyen

las condiciones de transitabilidad de las arterias de la ciudad.

ARTICULO 2°. Comuníquese a quienes corresponda. Wse copia al Boletín Oficial

dvi TvrrItorlo. ComplLdo ARCHIVSE.

DECKETO MUNICIPAL N° /88

'APIFIREDOrf

Crse'. In ndsnte

MultIcloftIdad Ushuala

DEL ORIG1NAL

ES COPIA FlEt

/MAFUON NITEZ

D frectora

Desp p ch-, General

Munle'p 'Had de Ushuala

Observaciones
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