ARTÍCULO 1o.- DECLARAR como Obra de Utilidad Pública y sujeta al Régimen de
Contribución por Mejoras, la obra denominada “Pavimentación en sectores Varios”, referida
a la pavimentación asfáltica a realizar en algunas calles de los barrios: Andino, Pista de
Esquí, Onaisín, Los Pinos y Kaupén.
ARTÍCULO 2o.- APROBAR la memoria descriptiva y el estudio de factibilidad de realización
de la obra agregado como
ANEXO I; el presupuesto de la obra, el análisis técnico financiero,
la forma de contratación y el cronograma de ejecución de la obra y desarrollo financiero
incorporados como
ANEXO II y; el monto a prorratear, la forma de prorratear, los montos de
las contribuciones por Mejoras de contado o en cuotas correspondientes a cada unidad
contributiva beneficiada y las alternativas de pago establecidos en el
ANEXO III.-
ARTÍCULO 3o.- INCLUIR en el Régimen de Contribución por Mejoras de la obra enunciada
en el Artículo 1o, a los frentistas en razón de la extensión lineal de los frentes de los predios
linderos a la vía pública que den a la obra mencionada, conforme al punto 14), Parte III del
ANEXO I de la Ordenanza No 1521, “prorrateo por frente”.
ARTÍCULO 4o.- PROCEDER a la apertura del Registro de Oposición a la realización de la
obra mencionada en el Artículo 1o y notificar fehacientemente a los frentistas que sean
beneficiados por la realización de las obras.
ARTÍCULO 5o.- INCOPORAR lo que se recaude por el concepto de Contribución por mejoras
de la presente obra al Fondo de Afectación Específica creado en el artículo 8o de la
Ordenanza Municipal No 2243- Programa de Embellecimiento y Consolidación Urbana.
ARTÍCULO 6o.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
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ORDENANZA MUNICIPAL No