Ordenanza N° 3687 —

Datos de la ordenanza
Número
3687
Fecha de sanción
02/12/2009
Vigencia
—
Decreto
1570/2009
Tema
Espacios Públicos
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTÍCULO 1°.- DESAFECTAR del uso público: a) una superficie aproximada de 1.959,63 metros cuadrados de la calle delimitada entre los Macizos 4 y 5 de la Sección F, y b) una superficie de aproximadamente 249,36 metros cuadrados de espacio público aledaño a la parcela y calle indicada en el ítem a), de acuerdo al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente.

ARTÍCULO 2°.- Las superficies desafectadas por el adículo 1°, serán anexadas a la parcela resultante de la mensura, deslinde y unificación de la parcela 1 a, del Macizo 5 de la Sección F y 2e del macizo 4, de la Sección F de la ciudad de Ushuaia, de acuerdo al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente.

ARTÍCULO 3°.- La ejecución de la mensura, deslinde y unificación de la parcela resultante de la aplicación de los artículos 1° y 2° de la presente ordenanza, estará a cargo y costas de la Dirección Provincial de Energía (DPE).

ARTÍCULO 4°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a transferir a titulo gratuito a la Dirección Provincial de Energía, el dominio de la parcela emergente de la aplicación de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 5°.- ESTABLECER como Distrito de Proyecto Especial — PE, conforme lo dispuesto por el artículo VII.1.2.6. de la ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), a la parcela emergente de la aplicación de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 6°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar, de corresponder, la visación del proyecto de todas las obras implantadas en la parcela a generar y/o aprobación de las obras nuevas, el que quedará sujeto a la conformidad de la documentación de obra requerida por las Direcciones de Obras Privadas y de Urbanismo.

ARTÍCULO 7°.- AUTORIZAR el uso "Planta de generación y distribución de energía eléctrica" para la parcela resultante de la aplicación de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 8°.- EXCEPTUAR de la aplicación de la Ordenanza Municipal N° 3145, a las obras, actividades y/o proyectos que se desarrollan en la parcela resultante de la aplicación de la presente, aceptándose la aprobación de la misma por parte de la Autoridad de Aplicación de la Ley provincial N° 55. " Ci ns Cijía pjeovy:aa P421,a(yuc'e/b ar, í 4e2(491, C-3-94e/idiji(7(S1 Con,ebrelt4erant Ciudad de Míltucu:a

ARTÍCULO 90 •- RATIFICAR el Acta Manifestación pasada por Escritura Pública N° 199, celebrada en fecha 13 de noviembre de 2009, entre el señor intendente municipal y el señor presidente de la Dirección Provincial de Energía (DPE).

ARTÍCULO 10°.- Registrar. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 02/12/2009

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