Ordenanza N° 3654 —

Datos de la ordenanza
Número
3654
Fecha de sanción
11/11/2009
Vigencia
—
Decreto
1386/2009
Tema
Espacios Públicos
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTÍCULO 1°.- DESAFECTAR del Uso Público una superficie de TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (388 m 2) aproximadamente, del espacio verde identificado catastralmente como parcela 2, del macizo 130, de la sección F, de la ciudad de Ushuaia, de acuerdo al croquis que forma parte de la presente como Anexo I, el que será afectado a la regularización que se autoriza por la presente ordenanza.

ARTÍCULO 2°.- DESAFECTAR del Uso Público y para ser afectado como espacio verde, una superficie de TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (388 m 2) aproximadamente, de tierra fiscal sin mensurar, en el sector lindero a la parcela 2, del macizo 130, de la sección F, con frente sobre la Bahía de Ushuaia, de acuerdo al croquis aue forma parte de la presente como Anexo I, en compensación por la fracción de espacio verde desafectado por el artículo 1°.

ARTÍCULO 3°.- DESAFECTAR del Uso Público una superficie de DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (2.742m2) aproximadamente, de tierra fiscal sin mensurar, en el sector lindero a las parcelas 1 y 2, del macizo 130, de la sección F, de acuerdo al croquis que forma parte de la presente como Anexo I, para ser afectado a la regularización que se autoriza por la presente ordenanza.

ARTÍCULO 4°.- AUTORIZAR a la señora QUIÑIMPERA, María Angélíca, DNI N° 16.711.320, titular del ACTA DE CESIÓN Y TRANSFERENCIA DE DERECHOS POSESORIOS de fecha 07/12/1995, a la tramitación del plano de mensura a través de un profesional habilitado a tal fin, el que estará a su cargo y costas.

ARTÍCULO 5°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutívo Municipal a adjudicar al valor fiscal, a la señora QUIÑIMPERA, María Angélica, DNI N° 16.711.320, el predio emergente de la desafectacíón autorizada por los artículos 1° y 3° de la presente, con destino a vivienda y huerta familiar, conforme las prescripciones de la Ordenanza municipal 2025 y modificatorias.

ARTÍCULO 6°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar el título de propiedad a la señora QUIÑIMPERA, María Angélica, DNI N° 16.711.320, del predio emergente de la desafectación autorizada por los artículos 1° y 3° de la presente, condicionado al cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación. ti Pfbdvin., eo,y,;a, a(el PZ,r, Jvy, 11(3,WM. 2,(4e//1471y,s11 Coviebio- eliá-era~ ci& la Giudad cie Vielutcu:ct

ARTÍCULO 7°.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en la presente ordenanza, será causal suficiente para retrotraer el título de propiedad a favor del Municipio.

ARTÍCULO 8°.- AUTORIZAR a la señora QUIÑIMPERA, María Angélica, DNI N° 16.711.320,a la ocupación parcial de la vía pública, sobre la calle colectora a la avenida Perito Moreno, de acuerdo al croquis que forma parte de la presente como Anexo I.

ARTÍCULO 9°.- Lo autorizado en el artículo 8°, estará condicionado a que la superficie construida que invade la vía pública, quede sujeta a demolición al momento de modificar las condiciones de la actual construcción, lo que deberá esta explícitamente indicado en el plano de empadronamiento de las construcciones existentes.

ARTÍCULO 10°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL SANCIONADA EN SEGUNDA LECTURA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 11/11/2009

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