Ordenanza N° 166 NO

Datos de la ordenanza
Número
166
Fecha de sanción
25/10/1985
Vigencia
NO
Decreto
955
Tema
Economía y Finanzas
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO DISPONER el régimen de contribución por mejoras para la

obra PAVIMENTACION BARRIO LOS CANELOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS:z

ARTICULO 2 2 .- La obra consistirá en:

1) Ejecución de todos los Servicios cloacales faltan-

tes en el Barrio.-

2) Construcción de la red pluvial.-

3) Ejecución del pavimento de las calles del Barrio co

nectándolo con los ya existentes.-

ARTICULO 3 2 .- El monto de la contribución será el equivalente al se-

senta y cinco por ciento (65%), del valor de adjudicación de la obra,

ascendiendo el costo total estimado a quinientos noventa y tres mil

ciento cincuenta y dos autrales (A 593.152), compuesto por el precio

bsico cuatrocientos cincuenta y seis mil doscientos setenta y uno (A

456.271), y mayores costos por ciento trinta y seis mil ochocientos

//4 / : henta y un australes (A 136.881).-

TICULO 42.- Las calles que se pávimentarán son: Onas, desde dober-

,ador Paz hasta Magallanes; Colón, desde Onas hasta Las Lengas, el

tramo faltante; Padre José Marla teauvoir, desde Onas haSta la

intersección con Las Lengas; Juan áébastian El Cano, en toda sU exten

.4 sión y Padre Federico Torre en toda su extensión.-

111

te

ML,u, CARDENAS

Jefa División RegIstro

Despacho General

Munlelpelldrd de Uentleln

Ordenanza Numero: 166-85

Z2a/t3ilado %1Metal de la "Oletea del rjaega,

ofettárfida 9elae del oftládies clat

Zoeustable euteejet (Deldieranfr

Jllaxielpalidad de. alehleaia

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ARTICULO 5 2 •- La forma de pago podra ser a. elección del vecino, de a -

cuerdo a las siguientes rendiciones:

Contado, con una bonificación del 30%.-

2) Trés cuotas mensuales consecutivas con una bonifica

ción del 15%.-

3) En sesenta cuotas mensuales Consecutivas, con una

tasa de interés mínima anual del 24%.-

ARTICULO 62.- El prorrateo de la_contribución se .efectúa en función

del metro lineal de frente para cada contribuyente, computándose pa-

ra el cálculo, el sesenta y cinco por ciento ('65%), del costo total.

Los lotes de esquina se conálderarán disminuldos en un veinticinco

por ciento (25%), de la longitUd de cada uno de sus frentes, reduc-

ción que se podrá efectuar hasta un •máximo de veinte (20), metros

de la intersección de la línea municipal.-

ARTICULO 7 2 •- Estarán exentos quienes acrediten estar incluídos en

las prescripciones del Artículo 53, Capítulo XIII, de la Ordenanza,

Fiscal modificado por Ordenanza ri 80/84:-

ARTICULO 8 2 .- Por la Secretarla de Economía y Finanzas se instrumen-

tará el procedimiento de liquidaçión.y recaudación de la contribución.-

ARTICULO 9 2 .- Se establece en diez (10) años el límite de vida útil

de la obra durante el cual no se podrá imponer una nueva contribución

por el mismo tipo de obra.-

ARTICULO Facúltase al Ejecutivo Municipal para establecer

planes de pago y/o bonificaciones diferenciales a las del presente

régimen, por la vía de excepción y fundando las razones de estricto

sentido social, debiéndose dictar el correspondiente instrumento

legal para cada caso particular.-

ARTICULO 11 º .- Registrese. Pase al Departamento Ejecutivn para su pro

mulgación. Cumplido. ARCHIVESE.-

r.a.

Lic. JUAN MANUEL ROMANO zaRtos OYARZ

gEORETARIO tiONy CWICEJO DELIMANTE

HOI4ORABLe CONCEJO IMLIBERARTE

1141 9 ORDENANZA MUNICIPAL

DADA EN SESION ORDINARIA DEL DIA 25/10/85

MA L CARDENAS

Llefa División Registro

Despocho Ceneral

murvr¡prti,,,,i

Ordenanza Numero: 166-85

3/3 twitorio Tacional do la Eie-rra del uttgo ,

gq..eicíPiida e Delas dol Silachttíco CSud

971 ícip lidad de 91.3Auaia

Bicentenaho dffll Nacuniento del

General Martrn Miguel de Guennes

1785 - Febrero - 1985

USHUAIA,Il de noviembre de 1985.—

VISTO: La Ordenanza nro (,..,, /85, sancionada por el

Honorable boncejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia; y

CONSIDERANDO:

Que por la misma se dispone el régimen de contribución por

mejoRas para la obra PAVIMENTACION BARRIO LOS CANELOS Y OBRAS COMPLEMENTA—

RIAS;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO 1 2 .— PROMULGAR la Ordenanza nro. /85, sancionada por el Ho—

norable Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, mediante la cual ' se //

dispone el régimen de contribución por mejoras para la obra PAVIMENTACION

BARRIO LOS CANELOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS.—

ARTICULO 2 2 .— REFRENDARAN J ;e1 presente Decreto los señores secretarios de

Gobiernc Municipal, de Economía y Finanzas y el de Obras y servicios Públi—

cos.— a quienes corresponda. Cumplido ARCHIVESE.—

ARTICULO 3 2 .— Comuniquese /85.—

DECRETO MUNICIPAL NRO.

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Observaciones
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