Ordenanza N° 155 NO

Datos de la ordenanza
Número
155
Fecha de sanción
29/08/1985
Vigencia
NO
Decreto
785
Tema
Convenio Municipal de Empleo
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 19.- APRUE4ASE el Cunvedio de Adnesi6n ent.ra el InStituto

Territorial de PrevisiU Soci4lésta Municipal . idad que 'forma.

p¿,rte de la presente como Anex04.7

ARTICULO 2 11 .- Regístrese. Pase , a1 Depa,r;a. mento Ejecutivo pa,ra su

promulgación. Cumplido, ARCHIVESE.-

Uo. JuAN MANUU. RÜMANU

SICRITANIO

nogrual 0L104JÉ4 OtLISMAll

ORDENANZA" MUNICIPAL DEL DIA 29/13f85

DADA EN SU SESION EXTRAOR INARIA

liEL

CAHDENAS

Jefa DivIslón paglOtrO

Despacho Goneral

Muncpr

Ordenanza Numero: 155-85

ANEXO I

2/3 CONVENIO DE ADHESION

Entre el Instituto Territorial de Previsi6n Social, en adelante

llamado "EL INSTITUTO" representado en este acto por su Delegado Orga

nizador Administrador, Dn. Angel PERNANDEZ, según surge de , lo dispues

to en el Decreto Territorial N° 3008/85, por Ina parte, y, por la otra

la Municipalidad de la Ciudad de Ushuaia, en adelante llamada "LA MU-

NICIPALIDAD, representada , erueste acto por su Intendente, Dn. JOsE

.ARTURO ESTABILLO, acuerdan celebrar el siguiente Convenio t de confor

midad con las clAusulas que'se enumeran a continuación:

PR1MERA:LA MUNICIPALIDAW adhiere,a1 Régimen de Jubilaciones, Pensio-

nes y Retiros instituido mediante Ley N° 244, modificada por su simi

lar n° 249, así como a su Reglamentación, aprobada por Decreto Terri

torial N° 3007/85. Dicha adhesión es realizada por LA MUNICIPALIDAD

a rodos los ePectos que correspondan y .asumiendo las responsabilida

des emergentes. del presente acto.

SEGUNDA:EL INSTITUTO manifiesta su conformidad con la adhesión formu

lada precedentemente, raz6n por la cual los aportes,y contribuciones

del personal depewlente de la MUNICIPAL1DAD deberán ser depositados.

a nombre y a la orden de EL INSTITUTO en la cuenta especial abierta

a tal fin en el Banco del Territotio Nacional de - la Tierra del Fuego,

AntPirtida e Islas del Atlántico Sur'.

TERCERA: El presente Convenio, conforme lo determina el artículo 96

de la Ley n° 244, deberá ser ratificado por el Honorable Concejo De-

liberante.

En prueba de conformidad, las partes firman (DOS) 2 ejemplares

de un mismo tenor y a un solo efecto en Ushuata. Capital-del Territo-

rio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atl5ntico

Sur, a los VEINTISIETE dias del mes de agoIo del año mil novecientos

oche ta y cinco.

kOL CARDENAS

Jefa DiviSión RegIstro

Despocho Goneral

"

Ordenanza Numero: 155-85

terr3i/i3erio 92acional cle laterra del9u.go,

Statárticla .91/as del stttanuce cSucl

911unicipalicla4 cle 9.1.Jhuaia

Ugleina r „ds

12310: La Ordenaasa -5 /85 sanolonada por el lionorable Cbnoejo

Deliberante de Uskauda 71

COXSIDIZAIDOs

G),te en la aliaa se apateba el Convenio do Adhesión entre el Institu.

ta Territerial de PreilatCti gooial y esta

Por ellos

ret, DiTainan XONICIPIL Da USHUAIA

DECRETAs

ARTICULO ler» PROMULGAR la Ordenensa IP/C-5- /985 aediante la oual se epateba el

Conyenie de Adhesida ontre e3. Inatituto Territorial de Previsión gooial y la 1 a.s-

nicipalidad do Usbuala toraando parte de la alsaa el Anexo Zi ounwliaentando

todas sus partes lo Instituldo aediante

ARTICULO 2••• 112YRINDARAT el presente Deoreto los ileklores georetarios de Clobier»

no• de lloonoata y Pinansas y de Obras y gervintos Pdblicos.

ARTICULO yo. Coundquese a quienes oorrespondat ounkplido lamtvzsE...

DECRETO MUNICrPAL r ; /985

ES CA FIELI

.,JULIO " AP OV ANDO

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ARISOL GARDW:Ab

Jeta Divisien Regletro

Despaello General

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Observaciones
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