ARTICULO 1º.- DECLARASE de interés Municipal, el desarrollo y pro
moción de expresiones artisticas, deportivas y culturales, cuyo
objetivo principal sea el perfeccionamiento de las especialidades
y su difusión, dentro y fuera del T erritorio como intérpretes de
la iniciativa de valores fueguinos.-
ARTICULO 2º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo, la suscriE
ción de convenios con empresas aereas que tienda a la reducción-
de los costos para casos de traslados individuales o de delegacio
nes a cualquier parte del país como consecuencia de lo determina
do en el artículo 1º.-
ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo efectuará previsiones pre
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L1 1.114.111..81
5
CENTENARIO DE USH IIAIA
OrdeZnetatinbsztaio-NWuameleorftoa:l c1L3I2c-e8Z4ietta del (Taeqc,
2/3 afettáttida LLUL del dtlánliedi Jut
Zoncitaále eutee/el Belibeccutte
Aunieipalidad de rlialutaia
supuestarias, de manera de apoyar económicamente a quienes demues
tren fehacientemente alguna de las circunstancias apuntadas en el
artículo 1º.—
ARTICULO Regístrese, Pase al Dep. - o Ejecutivo para su
Promulgación. Cumplido, ARCHIVESE
r.a,
LBERTENGO Rita Elena AGUSTIN JUSTO ZENTNER
a/c secretaria viu-PRESIDENTE PRIMERO
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1
DADA EN SESION ORDINARIA DEL DIA 30/11/84
LJIM'S.f.t.
PM111
CENTENARIO DE USH IIAIA
Ordenanza Numero: 132-84
re2til3o/t3io eiKcional de la ieta del eyo,
Itítitda e de1 eftbiántic,
eiturticOalidad cláluaia - ,-.-
L1111n-1. -
51113/11
(c9 CENTENARIO DE 131311 IIAIA (q)
USHUAIA,a de diciembre de 1984.-
132. VISTO: La Ordenanza nro. /84, sancionada por el Honorable
Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma se declara de interés municipal, el desarrollo
y promoción de expresiones artísticas, deportivas y culturales, cuyo
objetivo principal sea el perfeccionamiento de las especialidades y
su difusión, dentro y fuera del Territorio como intérpretes de la iniciati
va de los valores fueguinos;
Que el fomento de este tipo de actividades reviste una gran
importancia para el desarrollo humano de la comunidad;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRE
ARTICULO PROMULGAR la Ordenanza nro. /84, sancionada yor
-----
el Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se declara de interés
municipal, el desarrollo.y promoción de expresiones artísticas, deportivas
T culturales, cuyo objetivo principal será el perfeccionamiento de
las especialidades y su difusión, dentro y fuera del Territorio como
Intérpretes de la iniciativa- de valores fueguinos, debiendo suscribirse
convenjos con empresas aérens que tienda a la reducción de los costos
para casos de traslados individua]es o de delegaciones a cualquier
parte del país y efectuando previsiones presupuestarias, de manera
de apoyar ecónomicamente a ,quienes demuestren fehacientemente alguna
de las cireunstancias ' apuntadas más arriba.-
ARTICULO 2 2 .- REFRENDARAN el presente Decreto los se g ores Secretarios
de Gobierno Municipal como tal y a cargo de la Secretaría de Economía
y Fivanza:J y el de Obras y Servicius Públicos.-;
AhTlCOLO Comuniquese a quienes curr spubda. oupia al Puletin
Oficial de la Cobernación del Territorio y al Honorable Concejo Delibera-
i. C L , (j) ARCHIVESE.-
bCRETO HICIPAL NRO. II S3
EJN.I.XYZ.14,
ttFs DE DE6PACHO