Ordenanza N° 124 NO

Datos de la ordenanza
Número
124
Fecha de sanción
17/10/1984
Vigencia
NO
Decreto
972
Tema
Economía y Finanzas
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1 2 .- IMPLANTASE un canon por el uso de lasjimstalaciones

municipales para la realizacin de congresos, simposjos, asLus

conmemorativos, espeetculos deportivos, arLísticos o culturales.

ARTICULO 2 2 .- Guedarn exceptuados de abonar el sanon establecido

en el ar,lculo anterior, aquellos entes párdicos o, privados y/o

personas, que soliciten y obtengan, previo cumplimiento de los

.-

recaudos que mas adelante se detallan, la adnesion, auspicio

declaraci6n de interís municipal, para lo cual debern observarse

cumplirse las siguientes Eundamentaciones y circunLancias.

a) Que las actjvidades o desarrollar, propenda a la di

( o ) ( 4 CENTENARIO DE IISH IIAIA

OrdeZneattinbtziaarNilaudmoeetarloc:L1la24Zi-e8c4ta del (-Tclegcv,

2/3 afdattida e 9t1aL clel dItIantieci Jac

Xetetotattle eocteekt. Beldeeade

JIlunieipalidad de adutaia

vulgaci6n, conocimiento y extensiín de toda actividad de

carácter cultural, cientlfloo, artíctico, depurtivo,

ecc. y cuyas finalidades sean de evidente intere',s

comunitarie

b) Cuande se estime conceniente prestar apoyo 300

acto que signifique lo expresiám de iniciaticas surcjeds

de la boblaci6n.

c) Que la Secretaría de Gobierno evaláe previamente los

antecedentes de las personas, entidades o instituciones

organizaduras, la naturaleza y finalidad de los actos.

ARTICULO 3 2 .- La magnitud y extensi6n de la colaboraciá,n municipdi

pera los eventos, es'tará condicionada por la trascendencia de lus

mismos, a juicio del municipio, y en consíderaciín a lo expuesto en

el artículo 2 Q de la presente ordenanza .

ARTICULO A travs de la Secretarla de Economía y Finanzas se

establecerá el monto de canon por uso de instalaciones municipales

reglamentará su percepeiín.

ARTICULO 5 2 .- La adnesi j n, auspicio o declarací ,án de ser ía

municpal,noeximráalsoictanedlpagodeDrcnoalsE-

pectáculoE Páblicos queastablece el Capítulo XIV de la ordenanza

tarifaria, salco due, a juicio del Municipis, la actividad

desarrollar mereciera la exenci6n a dícho derecho, debindose hacer

constar tal beneicio, en el imAruitteaLe declarativo de

adhesin o inLet municipal.

ARTICULO 6 2 .- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su

promulgación. Cumplido. ARCHIVESE.-

r. a .

ORDENANZA MUNICIPAL N2 O MERODIO

DADA EN SESION ORDINARIA DEL DIA 17/10/84 CONCEJAL

)iDE LA P112:1LINCIA

411 (r-co): )( cpCENTENARIO DE IISH IIAIA 5111111I

c:?_,5 411

Ordenanza Numero: 124-84

3/3

tio eigi-cionat la lietta del eZeyo,

fritátlida e ebi Gobiántico eVutt.

eitunie0a4dact/ c49.14Asaia

911351

teC CENTENARIO DE IISH ITAIA

USHUAIA, 1984

VISTO: La Ordenanza nro. Á 29 /84, sancionada por el Honorable

Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia;-y

Que mediante la misma se implanta un canon por el uso de las T In5ta1a-

ciones municipales, para la realización de congresos, simposios, actos //

conmemorativos, espectáculos deportivos, artísticos o culturales de acuer

do a las claúsulas fijadas en la misma;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO l 2 .- PROMULGAR la Ordenanza nro. /24- /84, sancionada

por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia,

mediante la cual se implanta un canon por el uso de las Instalaciones

Municipales, para la realización de congresos, simposios, actos

conmemorativos, espectáculos deportivos, artísticos o culturales

de acuerdo a las claúsulas fijadas en la misma.-

ARTICULO 2 2 .- REFRENDARAN el presente Decreto los seh'ores Secretarios

de Gobierno, de Economía y Finanzas y el de Obras y Servicios

Públicos.-

ARTICULO 3 2 •- Comuníquese a quienes corresponda. Dése copia al

Boletín Oficial del Territorío y al Honorable Concejo Deliberar'te.

Cumplido ARCH1VESE.-

DECRETO MUNICIPAL NRO. ” 2- /84.-

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Observaciones
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