Datos de la ordenanza
Número
3607
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Tránsito / Ordenamiento Urbano
Comisión
Policía Municipal
Descripción
ARTÍCULO 1°.- SUSTITUIR el artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 3490 con el texto que a continuación se detalla: "
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER por la presente la jurisdicción catastral provisoria y la denominación de Mirador de Andorra, a la comprendida por los macizos A y B de la Sección O de la ciudad de Ushuaia.
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 23/09/2009
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 3490
ARTICULO 1°.- ESTABLECER por la present
Palabras claves
Ubicación catastral
Sección O
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Documento