Ordenanza N° 3578 —

Datos de la ordenanza
Número
3578
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Administración Municipal
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 1°.- INSTRUIR al Departamento Ejecutivo Municipal, para que disponga las acciones conducentes a efectos de que ios señores concejales queden habilitados a tomar vista y solicitar la información escrita que consideren conveniente, de todas las cuentas yio colocaciones financieras que dispone el Municipio, entes descentralizados creados y por crearse, pertenecientes a la orbita municipal, en las diferentes entidades bancarios y/o financieras, en el momento que consideren oportuno. El mismo temperamento se seguirá con las cuentas pertenecientes al Concejo Deliberante.

ARTICULO 2°.- A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, ei Departamento Ejecutivo Municipal deberá efectuar las comunicaciones correspondientes a las entidades financieras y bancarias mencionadas.

ARTICULO 3°. REGISTRESE. Dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 5pq v ORDENANZA MUNICIPAL 3 DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 12/06/2009