ARTICULO 1°.- INCORPÓRENSE ios Artículos 453 y 454 al Anexo I de la Ordenanza Municipal 1494, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "
ARTICULO 453.- DENOMINASE como "José María Pastoriza" a la calle principai ubicada en la Sección G de nuestra Ciudad; la nombrada arteria lirnita al Norte con el Macizo 49, al Sur con la margen de ia Avenida Héroes de Malvinas al 3067, y al Este con el Macizo 35, según plano adjunto y que forma parte de la presente como Anexo 1." "
ARTICULO 454.- DENOMINASE como "Cerro Cortés" al pasaje peatonal ubicado en la Sección G de nuestra Ciudad; limitando al Noroeste con el Macizo 35, en su margen Oeste limita con los Macizos 49 y 50, y al Sur con la margen de la Avenida Héroes de Malvinas al 3067, según plano adjunto y que forma parte de la presente como Anexo I."
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° E- DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA