Ordenanza N° 3521 —

Datos de la ordenanza
Número
3521
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Cultura
Comisión
Calidad de Vida, Deportes, Cultura y Educación
Descripción

ARTICULO 1°.- APRUEBANSE los términos del Convenio de Comodato regístrado bajo el Nro. 4615, celebrado el día veintisiete (27) de enero de 2009, y aprobado Ad Referéndum del Concejo Deliberante a través del dictado del Decreto Municipal Nro. 297/2009, suscripto entre la Municipalidad de Ushuaia, representada por el señor Intendente Municipal, Don Federico SCIURANO, y la Asociación Tradicionalista de Doma y Folklore, representada por su Presidente, señor Pedro Orlando BARRIA MUÑOZ, D.N.I. 18.789.079, por el cual se cede en Uso por el término de CINCO (5) años, la Fracción Fiscal ubicada en la Sección Q, en el paraje denominado Valle del Río Pipo, de una superficie aproximada de DOS MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (2.800 m2), con el objeto de realizar en mismo actividades al aire libre y afines con los propósitos de la Asociación.

ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. g ORDENANZA MUNICIPAL N° Sancionada en Segunda en Sesión Ordinaria de fecha: 22/04/2009.

Palabras claves
Ubicación catastral
Sección Q
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