ARTICULO 1°.- DESIGNASE con el nombre de "El Pueblo a los Héroes de Malvinas", a la plazoleta ubicada sobre la margen Este de la Pasarela Prefecto Luis Pedro Fique, entre la Avenida Prefectura Naval Argentina -(altura 1300) y los Macizos I-58A, l-59A, según croquis agregado como Anexo I.
ARTICULO 2°.- APROBAR el Padrinazgo de la Plazoleta referida en el Artículo 1°, a la Fundación Malvinas y a la Agrupación Scouts Navales "Stella Maris", en concordancia con los acuerdos realizados entre ambas instituciones.
ARTICULO 3°.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir aportes y donaciones de terceros propuestos por los padrinos mencionados en el Artículo 2 0 de la presente, para la reconstrucción y/o mantenimiento de la misma.
ARTICULO 4°.- Regístrese. Dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHíVESE. 34 9 ORDENANZA MUNICIPAL N° . DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 04/03/2009.