ARTICULO 1°.- INCORPORAR al Patrimonio del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, los bienes muebles detallados en el Anexo I que corre agregado a la presente.
ARTICULO 2°.- DAR de baja del Patrimonio del Concejo Deliberante los bienes muebles detallados en el Anexo I de la presente.
ARTICULO 3°.- FACULTASE a la Presidencia del Cuerpo, a entregar los elementos descriptos en el Anexo I de la presente, a las autoridades de Radio Nacional Ushuaia, ello en un todo de acuerdo a la contraprestación establecida en el marco del Convenio 40/2008 del registro de este Concejo Deliberante suscripto oportunamente y que forma parte de la presente como Anexo
ARTICULO 4°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. k". 4 ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 26/11/2008.
ANEXO I 7'-71 771 k,) ORDENANZA MUNICIPAL Teclado y muse P/cornputadora 0744-00000029 Teléfono Panasonic inalambrico Adaptador de teclado p/comp. 0009-00036271 BUENO Secretal to ADRIÁNA C. CHAPPERON Concajo Dertherante Ushuala PresideMe Coacelo Delterante Ushuala t QL, “Las lslas Malvinas. Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos" / OKITIM Cl.jr9s7J-J0 DELIBERANTE OrdenaEnSzCaONPumero: 3441 'stro de Contratos 3/5 GERSPW MOIIICA CRS bi! .actbn, Responsable Repist Reepomiable Control y D Ol Ecomeds y Finsazas bei ot, Conce» Deliberarog, CONVENIO DE COOPERÁCION En la ciudad de ,Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antárti.-;a e Islas del Atlántico Sur, a los 10 díes del més de marzo del año dos mil ocho, se reúnen el señor Eduardo GARCIA CAFFI,en representación del Sistema Nacional de Med ios Públicos S.E. C.l.T. N° 30-70762248•2, en calidad de Director Ejecutivo de la unidac de negocios de Radio Nacional, con d en Avenida Presidente Figueroa Alcorte. N° 2977, en adelante llamado LA EMSORA, por una parte y por la otra el C.P. Albé to Abel ARAUZ, D.N I . N° 14.207.165, fln representación del Concejo Deliberante de la . ;iudad de Ushuaia, con domicilio en ca le Don Bosco N° 437, en su carácter de Seci etario, en adelante EL CONCEJO, coimienen en celebrar el presente Convenio, pal a ser ejecutado en la emisora LRA lii, Radio .Nacional Ushuaia e Islas .Malvinas, el ue estará sujeto a las siguientes cláusWas: PRIMERA: LA EMISORA propuso y . el EL CONCEJO ac pta la realización con conducción por parte de personal estable de LRA 10, con frec encia de tres (3) veces por semana lo días lunes, miércoles y viernes, en el horado de 12:30 a 13:30 y responsabilidad: editorial de la propia emisora, de un prç grama que habrá de denominarse "El Concejo con la Gente", el que será emit do por su Frecuencia Modulada (92. : MHZ). El Concejo, se compromete desde su puesta en el aire, a efectuar el pagu. de la suma mensual de PESOS DOS M1L($ 2.0 00,00) y/o la entrega de materiales dive sos a solicitud formal de LA EMISORA, por un monto equivalente a la suma mencior lada, los que serán destinados a la cobertera de los gastos que demanden opeiátivamente la producción y puesta en el aire I mencionado programa y a las necesid lides que para tal fin plantee formalmente y por Iscrito a EL CONCEJO, LA EMISORA. SEGUNDA: PE: ra el caso de aportar materiales, EL CONCEJO se compromete a que los mismos slian entregados en plena y definitiva propiedad de , LA EMISORA, acompañando (;opia certificada de facturas de compra con fuhdamento en el presente convenio, expl litando los materiales y7o elementos de que s a trate. Se acompañara también y en misma oportunidad, copia de la nota de reperimiento de provisión, suscrita por au:Dridad competente de LA EMISORA. TERCERA: 1_21:; partes acuerdan fijar la suma mensual de p esos y/o la entrega de materiales divelsos (según las condiciones arriba establecidas), previa presentació n de- la documentación que acredite Ia efectiva prestación del serV cio convenido, a saber: • Orden de publiidad y Certificación de real prestación del servi ;io y planilla de salida al aire CUARTA: El pesente conenio. endrá vigencia a pa r del día 1 0 e febrero y hasta el 16 de diciemh re de 2008 Sin ecesidad de e resión de ;aL./sa ambas partes se Redrí eZ Goordinsción P amentaria facultan mutuarr,pnte a declarar rescindido el presente acuerdo n cualquier momento, sin derecho a leclamo y/o indemnización alguna de níngunit naturaleza, con una antelación no j félíqr a los treinta (30) días, debiendo a taL momento preverse la concilíación de respectivos saldos. QUINTA: Para tldos los efectos del presente acuerdo, las parti)s fijan domicilio en los enunciados preGedentemente, donde serán válidas todas las notificaciones que se cursen hasta tanto no lo sustituyan y acuerdan asimismo la jurisdicción de los Tribunalés Ordir ários con asiento en la ciudad de Ushuaia. suscriben cuatro (4) En prueba de c pnformidad, en lugar y fecha antes indicados, ejemplares de u mismo tenor y a un solo efecto en lugar y fech a arriba indicados. drb.- DoUlAaRcDtrOonGAEf CAFF1 TIVO SNNIPSE RA ACIONAL sidente Ilberanta Ushuals V.1S C:(3) GEMS- 111) -.-JIRMÁNSPIELU Resposemble Ezonomle y Concelo Dellberaide driguez Pariamentaria Ordenanza ANPnrtuoávrmtiindcaeiaerdIosel:aTsi3edre4rla4Adet1lláFnutiecgooS, ur 5/5 República Argentina Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 1 pic 2008 VISTO el expediente N2 CD-8740-2008 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 26/11/2008, mediante la cual se incorporan al patrimonio del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, los bienes muebles detallados en el anexo I de la misma y se autoriza a la Presidencia del Concejo Deliberante a entregar aquellos a Radio Nacional Ushuaia. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo Dictamen S.S.L. y T. N 6 /20011 ,1 recomendando su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA 4' I sancionada por
ARTICULO 1 2 .- Promulgar la Ordenanza Municipal el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 26/11/2008, mediante la cual se incorporan al patrimonio del Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, los bienes muebles detallados en el anexo I de la misma y se autoriza a la Presidencia del Concejo Deliberante a entregar aquellos a Radio Nacional Ushuaia. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 22 .- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL .15,412 1698 am. RdeAiesie-CO REA -- Feder SECRETARIO DE GO IERNO INT Municipalidad de Urhuaia Municip .21,4 riña , jeth D jto, ."spacho GT.11.1 D.r 1-` A.L.M Mun )