ARTICULO 1°.- AUTORIZASE por un período único e improrrogable de DOS (2) años contados a partir de la vigencia de la presente, los siguientes usos comerciales para los espectáculos y actividades recreativas de pública concurrencia que se desarrollen en los distritos del área urbana de la ciudad de Ushuaia, en el marco de la Ordenanza Municipal 2895, modificada por Ordenanza Municipal 3230: 1. Auditorio. Sala de Teatro. Sala de Convenciones. Cines. 2. Café Concert, salón con espectáculos en vivo, con servicio de comidas y/o bebidas. 3. Parque de diversiones. Circo.
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su publicación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° 3 3 6 2 «r DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 06/08/2008.