ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE temporalmente a la Asociación Pro Karting Ushuaia 2000, de la presentación del Estudio de Impacto Ambiental para la habilitación del Kartódromo, ubicado en la Parcela 1 del Macizo 1 de la Sección Q de nuestra Ciudad.
ARTICULO 2°.- La habilitación del circuito a la Asociación Pro Karting Ushuaia 2000 establecida en el Artículo 1° de la presente, y la entrega formal de la obra quedará condicionada a la aprobación por parte del área competente del municipio, de un informe que garantice la seguridad en el circuito a habilitar como así también en el entorno circundante.
ARTICULO 3°.- ESTABLECESE que la excepción otorgada por el Artículo 1°, tendrá una validez de CIENTO OCHENTA (180) días.
ARTICULO 4°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su publicación, dese al Boletín Oficial Municipal Para su publicación y ARCHIVESE. M. ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 11/06/2008.