Ordenanza N° 3320 —

Datos de la ordenanza
Número
3320
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Código de Planeamiento
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE por el término de DOS (2) años, contados a partir de la promulgación de la presente, del cumplimiento de lo establecido en el Artículo VIII.IV.3.3.3. TABLA DE USOS, CULTURA, CULTO Y ESPARCIMIENTO de la Ordenanza Municipal 2139 (Código de Planeamiento Urbano), para la Zona Residencial 2 (R2), autorizándose el Uso Comercial de "Casa de Fiestas, Salón de Baile, Salón de Fiestas, Confitería Bailable", en la parcela designada catastralmente como Sección L, Macizo 63, Parcela 20a de la ciudad de Ushuaia.

ARTICULO 2°.- La autorización establecida en el Artículo 1°, estará condicionada a la resolución de la acústica y la seguridad del local.

ARTICULO 3°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ESPECIAL DE FECHA: 28/03/2008.

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