Datos de la ordenanza
Número
3317
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Salud
Comisión
Calidad de Vida, Deportes, Cultura y Educación
Descripción
ARTICULO 1°.- QUEDARÁN exceptuados de la prohibición establecida en la Ordenanza Municipal 3094; por un período de CIENTO OCHENTA (180) días, las Confiterías Bailables, Café Concert y Clubes Nocturnos.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° 33 t DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 12/03/2008. .
Documento