Ordenanza N° 3310 NO

Datos de la ordenanza
Número
3310
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
NO
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTÍCULO 1°.- MODIFÍCASE el Artículo 4° de la Ordenanza Municipal 3273 el que

quedará redactado de la siguiente manera:

"

ARTÍCULO 4°.- Las modificaciones establecidas por la presente al Anexo I de la

Ordenanza Municipal 3117, serán de aplicación en forma parcial o total, en la medida

y oportunidad en que el Departamento Ejecutivo, a través de sus áreas técnicas, así

los considere oportuno y factible.

Los plazos para la vigencia plena de la presente Ordenanza Municipal, no podrá

exceder los TRESCIENTOS SESENTA Y CINDO (365) días.-"

•

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal par su publicación y ARCHÍVESE.-

0t

ORDENANZA MUNICIPAL N°

DADA EN SESIÓN EXTRAORDINARIÁ ' DE FECHA: 21/01/2008.-

L ARAUZ UNS DENAS

Pr nte Ushuala

Secretario

Concejo Dellberante Us ua Concelo 11

ES COPI FIEL DEL ORIGINAL

RTO ABEL A

Secretario

Coneeto Deliberante Ush.uaja

(lhal

"Las Islas Malrinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"

Ordenanza NPuromvineciraode: T3ie3rr1a d0el Fuego,

Antártida e Islas del Atlántico Sur

2/2 República Argentina

Municipalidad de Ushuaia

-1 11 ,ULIC

USHUAIA, -

VISTO el expediente N 2 D-510-2008 del registro de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo ramita la promulgación de la Ordenanza Municipal

sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión extraordinaria del día

21/01/2008, mediante la cual se modifica el artículo 4 2 de la Ordenanza Municipal N2

3273.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta

Municipalidad emitiendo Dictamen S.S.L. y T. N 2 0 3 9 /2008, recomendando su

promulgación.

Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,

encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención

a las prescripciones del artículo 152 inciso 3), de la Carta Orgánica Municipal de la

ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO 1 2 .- Promulgar la Ordenanza Municipal N 2 , 1/4,1 por

sancionada

el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión extraordinaria del día

21/01/2008, mediante la cual se modifica el artículo 4 2 de la Ordenanza Municipal N2

3273. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 22 .- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.

Cumplido, archivar. 15008.-

1

DECRETO MUNICIPAL N2

am.

f 114L

Rodolfo AIberto CORREA

SECRETARIO DE GOBIERNO

Municipalidad de Ushuela

INTENDENTE

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y los Hielos ConuMwiRkpandm~titin s"

Vínculos con otras ordenanzas