ARTICULO 1 0.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a transferir a título gratuito al Obispado de Río Gallegos, los predios de la ciudad de Ushuaia detallados en el Anexo I de la presente, exceptuándolos del pago de cualquier gasto que demanden las escrituras.
ARTICULO 2°.- Lo establecido en el Artículo 1° quedará condicionado a que las parcelas transferidas no podrán ser objeto de subdivisión y enajenación.
ARTÍCULO 30•- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE. o ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 10/12/2007.
ANEXO 3 2 9 9 ORDENANZA MUNICIPAL Sraffilt tith» »...:511110:111.1111111.11:111 23 23 10 José Ignacio Rucci 2607 86 Soberanía Nacional 2606 86 29 Misiones 4221 32 3 Misiones 4233 20 4 Transporte Villarino S/N 4 Kuanip 2008 1 Concejo D rio L08 ARCANDO nte Ushuaia Pruidente Concejo Deliberante Ushenh IA FIEL a EL ORIGINAL iECTOR De r.nnceg Deliberante shueie Ordenanza NPuromvineciarode:T3ie2rra9d9el Puego, 4. 3/3 Antártida e Islas del Atlántico Sur República Argentina An 1'4-. 1.1•10.11ÑO Municipalidad de Ushuaia Jefa Div. Doc. Adm. y Registro "2007-Año de la Seguridad Vial" D.L.T. Y D.G.-A.L.M Mumcmalidad de Ushuala USHUAIA, 511 L". VISTO el expediente N2 CD-9828-2007 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 10/12/2007, mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a transferir a título gratuito al Obispado de Río Gallegos, los predios de la ciudad de Ushuaia detallados en el Anexo I de la misma, exceptúandolos del pago de cualquier gasto que demanden las escrituras, con la condición de que las parcelas transferidas no sean objeto de subdivisión y enajenación. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta 0 2 1 Municipalidad emitiendo Dictamen S.S.L. y T. N9 /2007, recomendando su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA
ARTICULO 1 2 .- Promulgar la Ordenanza Municipal N 2 32 99 , sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 10/12/2007, mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a transferir a título gratuito al Obispado de Río Gallegos, los predios de la ciudad de Ushuaia detallados en el Anexo I de la misma, exceptúandolos del pago de cualquier gasto que demanden las escrituras, con la condición de que las parcelas transferidas no sean objeto de subdivisión y enajenación. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 2 1 4 2 64-1 DECRETO MUNICIPAL N 2007.- mgf. Urn Rodolfo 1 erto CO REA SECRETARIO DE GOBIERNO Municipalidad de ENTE Municipalidad de Ushuaia