ARTICULO 1º.- EXCEPTÚASE de las normas que fija la Ordenanza Municipal Nº 2139 (Código de Planeamiento Urbano), en su Artículo VIII.I.1-2. Tabla de Usos – Restr.: Carga y Descarga – ESTACIONAMIENTO - para la Parcela 6 del Macizo 42 de la Sección C – Ocupado por el Tribunal de Cuentas de la Provincia, autorizándose a: resolver el estacionamiento vehicular con cuatro módulos, dentro del predio.
ARTICULO 2º.- Lo establecido en el artículo 1º, quedará condicionado a la presentación ante la municipalidad, en un plazo máximo de 180 días, a partir de la promulgación de la presente y prorrogables por 180 días más, a pedido del interesado y por razones fundadas, de un convenio que establezca el cumplimiento de los módulos de estacionamiento solicitados por el Código de Planeamiento Urbano, en una parcela ubicada en un radio máximo de 200 metros contados a partir del perímetro del edificio, en un todo de acuerdo a lo normado en el Artículo VII.1.7. ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS del Código de Planeamiento Urbano vigente.
ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3243 /2007. DADO EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 08/08/2007.