Ordenanza N° 3211 —

Datos de la ordenanza
Número
3211
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Planeamiento Urbano
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Convenio con la Fundación Fueguinos Autoconvocados, para la afectación de Tierras Fiscales hasta una superficie de OCHO (8) HECTÁREAS, para el desarrollo de proyectos de urbanización que tengan como objetivo la construcción de soluciones habitacionales únicas (viviendas familiares colectivas, individuales o prototipos de viviendas apareadas), en observancia con lo establecido en el Plan Urbano de la ciudad de Ushuaia.

ARTICULO 2º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar en venta las parcelas o unidades funcionales que surjan del proyecto urbano aprobado y hasta completar el cupo resultante del mismo, a los beneficiarios, quienes deberán ser postulantes nucleados en la Fundación Fueguinos Autoconvocados, inscriptos en el Registro Único de Demanda Habitacional creado por Ordenanza Municipal 3133 y evaluados, clasificados y ordenados conforme el sistema de puntajes establecido en el Artículo 13 de la Ordenanza Municipal 3178.

ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3211 . DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 28/03/2007.

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