ARTICULO 1°.- MODIFICASE la Ordenanza Municipal No 2139 Articulo III.3.3.2. "C2 -
Calles Secundarias" y III.3.3.3."C3 - Calles Terciarias", del Código de Planeamiento
Urbano de la ciudad de Ushuaia, quedando redactado el mismo de acuerdo al Anexo I
que corre agregado a la presente.
ARTICULO 2º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3164 .
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 22/11/2006.
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 1295/2006, DE FECHA: 11/12/2006.-
JUAN CARLOS ARCANDO
RICARDO JOSE DAS NEVES ROSA
ANEXO I
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3164 .
III.3.3.2. C2.- CALLES SECUNDARIAS
III.3.3.3. Carácter: Son aquellas que estructuran internamente los diferentes
barrios y le confieren su identidad. Vinculan las áreas residenciales.-
Función: Conectan calles primarias. Tránsito lento de pequeño porte. -
Estructura:
• Ancho de mensura: 17m (diecisiete metros).-
• Ancho de Calzada: mínimo 9.00m (nueve metros).-
• Acera: Ancho mínimo 4m (cuatro metros). Diseño acorde a las normas
y reglamentaciones vigentes.-
• Pendientes longitudinales máxima: 10 % - mínima: 1% (hasta 0,5%
cuando fuera pavimentada).-
• Pendiente transversal mínima: 2% desde el eje hacia los cordones.-
C3 - CALLES TERCIARIAS
Calles internas de barrios que no tienen continuidad con la trama
circulatoria básica.-
Carácter: Calles internas de las áreas residenciales, con tipología e
identidad barrial.-
Función: Conexión con calles secundarias. Tránsito lento de pequeño
porte.-
Estructura:
• Ancho de mensura: 15.00m (quince metros)..
• Ancho de Calzada: 9.00m (nueve metros).-
• Acera: 3.00m (tres metros) Diseño acorde a las normas y
reglamentaciones vigentes.
• Pendientes longitudinales: Se recomienda 10% máximo. Puede
aceptarse mayor pendiente cuando las condiciones topográficas así lo
exijan, debiendo contar con la aprobación del A.T.M.-
• Pendiente transversal mínima: 2% desde el eje hacia los cordones.-
• Longitud de calle terciaria máxima: 200m (doscientos metros).-
Tratamiento e Infraestructura Complementaria:
• Calzada enripiada o pavimentada.-
• Banquinas consolidadas.-
• Iluminación; luz de mercurio o similar.-
• Aceras con material antideslizante y diseño acorde a normas y
reglamentaciones vigentes.-
Equipamiento Urbano: Caracterizado de acuerdo a diseño que
determinará y/o aprobará el A.T.M.-