Ordenanza N° 3160 —

Datos de la ordenanza
Número
3160
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Planeamiento Urbano
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1º.- ELIMINASE del Artículo 32 de la Ordenanza Municipal 2025, los

términos “Instituciones Religiosas (oficialmente reconocidas)”.

ARTICULO 2º.- INCORPORASE en el Título Quinto “Otros Destinos” de la Ordenanza

Municipal 2025, el Artículo 32 Bis), el que quedará redactado de la siguiente manera:

“

ARTICULO 32 BIS).- Cuando los predios municipales sean solicitados por

Instituciones Religiosas, las mismas deberán estar inscriptas en el Registro Nacional de

Cultos, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Resolución 3307/2000 de la

Secretaría de Culto de la Nación; sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en

la presente Ordenanza.”

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3160 .

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 22/11/2006.

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 1292/2006, DE FECHA: 11/12/2006.-

JUAN CARLOS ARCANDO

RICARDO JOSE DAS NEVES ROSA

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