Ordenanza N° 3159 —

Datos de la ordenanza
Número
3159
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Código de Planeamiento
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTÍCULO 1°.- MODIFICASE la Tabla de Usos en su Articulo VIII.IV.3.3..- “Casa de

Fiestas. Salón de Baile. Salón de Fiestas. Confitería Bailable”, y en su Articulo

VIII.IV.3.5. “Club Nocturno”, del Anexo I de la Ordenanza Municipal 2139, permitiendo

su funcionamiento en:

a) Calles San Martín y Avenida Maipú entre calles Patagonia y Yaganes.

b) Calles Patagonia, Sarmiento, Belgrano, Piedrabuena, Don Bosco, Brigadier

General Juan Manuel de Rosas, 9 de Julio, Juana Fadul, 25 de Mayo,

Comodoro Augusto Lasserre, Presidente Julio Argentino Roca, Gobernador

Pedro Godoy, Presidente Bernardino Rivadavia, Antártida Argentina y

Yaganes, todas comprendidas desde Avenida Maipú hasta Calle Esteban De

Loqui.

ARTICULO 2°.- Lo estipulado en el Articulo 1º será de acuerdo al Anexo I que se

adjunta a la presente.

ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3159 .

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 22/11/2006.

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 1291/2006, DE FECHA: 11/12/2006.-

JUAN CARLOS ARCANDO

RICARDO JOSE DAS NEVES ROSA

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