ARTICULO 1°.- EXIMASE al Centro Tradicionalista de Ushuaia "Virginia Choquintel".
organizadores de la Vigilia Patriótica "Día de la Independencia" a realizarse el día 9 . de jLlio
del presente año, en las instalaciones del Polideportivo Municipal "Comodoro Augusto
Lasserre", Gimnasio "José Cochocho Vargas" de nuestra Ciudad, del pago de cánones por
Uso del Gimnasio establecido en el Artículo 16, Inciso k), Título II - DERECHOS DE OFICINA
- de la Ordenanza Municipal N° 1508; y de lo normado en el Artículo 18, nciso c), Título IV -
DERECHOS DE ESPECTÁCULOS PUBLICOS - de la Ordenanza ' MUnicipal N° 1508.
módificada por Ordenanza Municipal N° 2722.
ARTICULO 2°.- EXCEPTUASE para el mencionado evento, de lo normado en la Ordenanza
Municipal N° 1056 y su modificatoria Ordenanza Municipal N° 2984.
ARTICULO 3°.- Regístrese, Pase al Departamento' Ejecutivo para su promulgación, dese
Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.
3084 ORDENANZA MUNICIPAL N°
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 27/06/2006.-
Jam. - DAS NEVE.E ROSA -
Secretatio JUAN CARLOS AR uala
Conceio DeUberante Conce)o DelIberante
ES 9OPIA FIEL DEL ORIGINAL
/(H-;/13 RAMON ODRIGUEZ
Jefe Dpto, Desptho General
6ei,rviasy Sandwich Sur CHnitnelmiles, son vcnt/i Ars;entin
s islas
OrdenanPzroavinNciaudme Teierrroa:de3l F0u8eg4o, 62
2/3 Aniártida e Islas del Atlantico Sur
República Argentina Mirío o ña
Municipalidad de Ushuaia Dri jo Gral
.L.M
Municip da de Usbnaia
JilL 20ijb 1 ^ USHUAIA,
VISTO el expediente N' CD-4751-2006 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día
27/06/2006, por la cual se exime al Centro Tradicionalista de Ushuaia "Virginia
Choquintel" en su carácter de organizador de la Vigilia Patriótica "Día de la
Independencia" que se realizó el día nueve (9) de julio del presente año, en las
instalaciones del Polideportivo Municipal "Comodoro Augusto Lasserre" Gimnasio "José
Cochocho Vargas" de nuestra ciudad, del pago de cánones por Uso del Gimnasio
establecido en el artículo 16, inciso k), Título II -Derechos de Oficina- de la Ordenanza
Municipal N 1508; y de lo normado en el artículo 18, inciso c), Título IV- Derechos de
Espectaculos Públicos — de la Ordenanza Municipal N' 1508, modificada por
Ordenanza Municipal N 2 2722, exceptuándose al mencionado evento, de lo normado en
la ordenanza Municipal N" 1056 y su modificatoria la Ordenanza Municipal N' 2984.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen A.L.M. N' 1 8 8 /2006, recomendando su
promulgación
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención
a las prescripciones del artículo 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
El INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
3 0 8 DECRETA 4, sancionada por el
ARTICULO 1'.- Promulgar la Ordenanza Municipal N 2
Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 27/06/2006,
por la cual se exime al Centro Tradicionalista de Ushuaia "Virginia Choquintel" en su
car cter de organizador de la Vigilia Patriótica "Día de la Independencia" que se realizó
el día nueve (9) de julio del presente año, en las instalaciones del Polideportivo
Mu\"Comodoro Augusto Lasserre" Gimnasio "José Cochocho Vargas" de nuestra
del pago de cánones por Uso del Gimnasio establecido en el artículo 16, inciso
o II - Derechos de Oficina - de la Ordenanza Municipal N' 1508; y de lo
///.2.
Islas alvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y los Hielos Continentales son y serán A rgen in os "
CO
OrdenaPrnovzinaciaNdeuTmierreardoel:F3ue0go8, 4 riña
3/3 Antártida e Islas del Atlántico Sur
pacho Gral
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia A.L.M
td de Ushuab.
///.2.
normado en el artículo 18, inciso c), Título IV- Derechos de Espectaculos Públicos — de
la Ordenanza Municipal N 2 1508, modificada por Ordenanza Municipal N 2 2722,
exceptuándose al mencionado evento, de lo normado en la ordenanza Municipal N2
1056 y su modificatoria la Ordenanza Municipal N 2 2984. Ello, en virtud de lo expuesto
en el exordio.
ARTICULO 2 9 .- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar.
2 DECRETO MUNICIPAL N 2 7 /2006.
am.
RQUIZA
ienda y Finanzas
ad de Ushuaia
"Las Isla Malrinas, Georgias y Sandwich del Sur, y los Hielos Continentales son y serán Argentino.v"