ARTICULO 1º.- SUSTITUYASE el Artículo 2º de la Ordenanza Municipal Nº 2767, el
que quedará redactado de la siguiente manera:
“
ARTICULO 2º.- A los efectos de lo establecido en el Artículo 1º, instrúyase al
Departamento Ejecutivo Municipal para que proceda a introducir en el Reglamento de
Minerales de Tercera Categoría (Decreto Municipal Nº 818/2002), las modificaciones
necesarias para adecuar el Régimen de Concesión de Minerales de Tercera Categoría,
al llamado a Licitación Pública para la concesión autorizada por la presente
Ordenanza.”
ARTICULO 2º.- INCORPORASE como Artículo 3º de la Ordenanza Municipal Nº 2767,
el texto que se transcribe a continuación:
“
ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.”
ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2928 .
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 14/09/2005.
JUAN CARLOS PINO
JUAN RAMON LUNA