Ordenanza N° 2921 —

Datos de la ordenanza
Número
2921
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Medio Ambiente
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1º.- TODO local habilitado como supermercado o establecimiento industrial

que produzca como residuo “cartón” en cualquiera de sus formas y en un volumen

superior a UN (1) metro cúbico semanalmente, deberá ponerlo a disposición a título

gratuito de las empresas encargadas del reciclado de los mismos.

ARTÍCULO 2º.- A los efectos de dar cumplimiento al Artículo 1º de la presente, las

empresas de reciclado de cartón interesadas, tomarán contacto con los

establecimientos indicados a los efectos de coordinar el lugar y horario de retiro.

ARTÍCULO 3º.- En el caso de que hubiera más de una empresa interesada en el retiro

de los mismos, la empresa generadora del residuo podrá optar por la que le parezca

más conveniente.

ARTÍCULO 4º.- El incumplimiento a lo establecido en la presente, será penado con

multas de 50 U.F.A. A 500 U.F.A.

ARTICULO 5º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2921 .

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 24/08/2005.

FEDERICO SCIURANO

RICARDO JOSE DAS NEVES ROSA

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