ARTICULO 1°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a Ilamar a Licitación Pública para la ejecución de la obra denominada: "Ampliación y Refacción Edificio Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia".
ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar el Proyecto Ejecutivo de la Obra para el Ilamado a Licitación, debiendo remitirlo, junto al Pliego Licitatorio, al Concejo Deliberante en un plazo no mayor de SESENTA (60) días contados a partir de la promulgación de la presente.
ARTICULO 3 0 .- La Comisión de Preadjudicación de la Licitación Pública estará integrada, además del Personal que designe el Departamento Ejecutivo Municipal, por UN (1) representante técnico de cada uno de los Bloques Políticos que conforman el Concejo Deliberante.
ARTICULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, será imputado a la Partida Presupuestaria prevista en el Presupuesto Municipal para el Ejercicio 2005 (Ordenanza Municipal N° 2781).
ARTICULO 5°,- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, des al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE. 2877 ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 10/05/2005.