ARTICULO 1°.- EXCEPTÚASE de cumplir con el Artículo V.1.2. CONFORMACIÓN DEL ESPACIO URBANO y el Artículo V.2.1. GENERALIDADES SOBRE PATIO del Código de Planeamiento Urbano, a la obra implantada en la Parcela 07 del Macizo 51e de la Sección "C", y su proyecto de ampliación, autorizándose a: a) UN (1) lado mínimo de espacio urbano lateral conectado directamente con la vía pública de 1,60 metros; b) UN (1) Patio con un lado mínimo de 1,90 metros.
ARTICULO 2°.- Lo establecido en el Artículo precedente, quedará condicionado a la colocación de una puerta con apertura hacia el exterior, desde el Local — Cocina de la Planta Baja hacia el Patio Lateral que linda con la Parcela 08 del Macizo 51e de la Sección "C".
ARTICULO 3°.- ABROGASE toda otra norma que se oponga a la presente.
ARTICULO 4°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 2862 wq ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 27/04/2005.