ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de cumplir con el Artículo V.3.1 del Código de Planeamiento Urbano, en lo que respecta al Retiro Frontal, permitiéndose ocupar el retiro establecido para la zona hasta la Línea Municipal y un balcón abierto en el 1° Piso para la Parcela denominada catastralmente como D-68B-21 .
ARTICULO 2°.- Lo establecido en el Artículo precedente, quedará condicionado al retiro de la casilla ubicada en el Retiro Contrafrontal en un plazo de VEINTICUATRO (24) meses contados a partir de la promulgación de la presente.
ARTICULO 3°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para SU promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- No 2 8 5 0 ORDENANZA MUNICIPAL DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 06/04/2005.-