ARTICULO 1°.- EXÍMASE a la Asociación Civil de Residentes Bolivianos "Simón Bolivar", organizadores de la Fiesta Anual de su Colectividad, la que se desarrollará el día 09 de Abril de 2005, en instalaciones del Polideportivo Municipal "Islas Malvinas" de nuestra Ciudad, del pago de los cánones por Uso del Gimnasio establecido en el Artículo 16, Inciso k), Título II - "Derechos de Oficina" de la Ordenanza Municipal N° 1508; y para el mismo evento, de lo normado en el Artículo 18, Inciso c), Título IV "Derechos de Espectáculos Públicos" de la Ordenanza Municipal N° 1508, modificada por Ordenanza Municipal N° 2722.
ARTICULO 2°.- EXCEPTUASE al evento enunciado en el Artículo precedente, de la prohibición establecida en la Ordenanza Municipal N° 1056.
ARTICULO 3°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° 2 8 4 7 ral DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 06/04/2005. Jam. J. DAS NEVES 1571------- JUAN ARLOS PINO Secretario Prsid.nte Concelo Deliberante '—Crance¡o Deliberante Ushuala — Georgias Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son serlin A rg entinos ESC1111 (15." c 2O/r3denanzaAPnNrtoávruRtiinemdcpaiúaeebdlIrisecolaaTs:Aiedr2regrlae8And4tetilnlá7aFntuiecgooS, ur 455 Municipalidad de Ushuaia 1.; a Jefii Dpt. Pespac o Gral D.L.T. D.G - 8 ABR 2005 Municip idad de Vshuaia USHUAIA, 1 2 VISTO el expediente N CD-2745/2005 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 06/04/2005, por la cual se exime a la Asociación Civil de Residentes Bolivianos "Simón Bolivar" -organizadores de la Fiesta Anual de su Colectividad, la que se desarrollará el día 09 de Abril de 2005, en instalaciones del Polideportivo Municipal "Islas Malvinas" de nuestra ciudad-, del pago de los cánones por Uso del Gimnasio establecido en el Artículo 16 Inciso K) Título II, "Derechos de Oficina" de la Ordenanza Municipal N2 1508; y para el mismo evento, de lo normado en el Artículo 18, Inciso c) Título IV 2 "Derechos de Espectáculos Públicos" de la Ordenanza Municipal N 1508, modificada 2 por Ordenanza Municipal N 2722. Que mediante dicha ordenanza, además, se exceptúa al citado evento de la 2 prohibición establecida en la Ordenanza Municipal N 1056. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta 2 1 3 P, Municipalidad emitiendo Dictamen A.L.M. N /2005, recomendando su promulgación Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: El INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA 2 2 2 8 , l
ARTICULO 1 .- Promulgar la Ordenanza Municipal N ákcionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 06/04/2005, por la c al se exime a la Asociación Civil de Residentes Bolivianos "Simón Bolivar" - dores de la Fiesta Anual de su Colectividad, la que se desarrollará el día 09 ///.2. "Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y los Hielos Continenlales son y serán .4 rgen(was OrdenanzaPrNoviuncmia ederToie:rr2a 8de4l F7uego, 1.4 dORA Antártida e Islas del Atlántico Sur 3/3 República Argentina na Municipalidad de Ushuaia Jefa Dpto,Despaájto.Gral D.L.T. yIll.G - Itt15.4 Municipadflad de shuais ///.2. de Abril de 2005, en instalaciones del Polideportivo Municipal "Islas Malvinas" de nuestra ciudad7 del pago de los cánones por Uso del Gimnasio establecido en el Artículo 16 Inciso K) Título II, "Derechos de Oficina" de la Ordenanza Municipal N2 1508; y para el mismo evento, de lo normado en el Artículo 18, Inciso c) Título IV "Derechos de Espectáculos Públicos" de la Ordenanza Municipal N 2 1508, modificada por Ordenanza Municipal N 2 2722 , y se exceptúa al mismo, de la prohibición establecida en la Ordenanza Municipal N 2 1056. Ello en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2 2 .- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 4 5 5 DECRETO MUNICIPAL N 2 /2005. f. MO y nanzas Secretarla de H huaia Municipal '