ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 2808, el que quedará redactado de la siguiente forma: « AR -FiCULO 30 •- INCORPORASE al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494, los Artículo 409 y 410, los que quedarán redactados de la siguiente forma: "
ARTICULO 409.- DENOMINASE Monte Olivia al Pasaje Peatonal que nace en el Macizo 114 de la Sección "F, adyacente al Norte con el Macizo 119 de la misma Sección, finalizando en la calle Intendente Dr. Adolfo José CANO." "
ARTICULO 410.- DENOMINASE De la Esperanza al Pasaje Peatonal que corre entre el Macizo 119 y 114 de la Sección "E"."
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 28 ORDENANZA MUNICIPAL N° 38 R. n DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 16/03/2005.